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Reagrupación familiar en Palma: requisitos, vivienda y visado

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Traer a tu familia, paso a paso

Reagrupar a tu familia es un expediente con dos mitades: la primera se tramita aquí, en Baleares, y la segunda en el consulado español del país donde viven ellos. Para pedir la reagrupación familiar en Palma tienes que llevar al menos un año de residencia legal y tener ya renovada tu autorización (o, en algunos supuestos, una de larga duración), demostrar medios económicos suficientes para toda la familia y contar con una vivienda adecuada, que se acredita con el informe que emite el ayuntamiento o la administración autonómica. Se puede reagrupar al cónyuge o pareja registrada, a los hijos menores de dieciocho años o con discapacidad y, con condiciones más exigentes, a los padres mayores de sesenta y cinco años. Una vez concedida la autorización en la Oficina de Extranjería de Baleares, tu familiar tiene que pedir el visado en el consulado en el plazo marcado, viajar a España y solicitar su tarjeta. Montse Brunet, Graduada Social, prepara contigo la solicitud, pide el informe de vivienda, revisa certificados, traducciones y legalizaciones y sigue las dos fases hasta el final, contestando lo que cada administración pida. Brunet Asesores te atiende en la calle Reis Catòlics, en Palma.

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Dudas

Preguntas frecuentes sobre reagrupación familiar en Palma

¿A quién puedo reagrupar?
A tu cónyuge o pareja de hecho inscrita, a tus hijos y a los de tu pareja menores de dieciocho años o con discapacidad, a los menores de los que seas representante legal y, si tienes residencia de larga duración, a tus padres o a los de tu cónyuge mayores de sesenta y cinco años cuando estén a tu cargo y haya razones que justifiquen su residencia en España. Vemos contigo qué familiares cumplen y en qué orden conviene pedirlo.
¿Qué es el informe de vivienda y cómo se consigue?
Es el informe que acredita que dispones de una vivienda adecuada para toda la familia: habitaciones, superficie, condiciones y título por el que la ocupas (propiedad o alquiler). Lo solicita el reagrupante ante la administración competente en Baleares, que comprueba la vivienda y lo emite. Pedimos el informe por ti con la documentación de la vivienda y lo incorporamos al expediente.
¿Qué pasa después de que concedan la autorización?
Tu familiar tiene dos meses desde la notificación para solicitar el visado de reagrupación en el consulado español de su país, con su pasaporte, antecedentes penales, certificado médico y la copia de la autorización. Una vez en España, debe pedir la tarjeta de identidad de extranjero en el plazo de un mes. Te decimos qué entregar en cada paso para que la segunda fase no se atasque.
¿Dónde estáis y en qué zonas atendéis?
Tenemos el despacho en la calle Reis Catòlics, 174 bajos, en Palma (07008), de lunes a viernes de 9 a 18 h, y atendemos sobre todo en Palma: el Casco Antiguo, Pere Garau, Son Gotleu, Santa Catalina, Nou Llevant, el Polígono de Son Castelló y el Arenal. Si vives en otro punto de Mallorca, llámanos o escríbenos al 698 999 754 y lo vemos por teléfono, WhatsApp o en el despacho.
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